Retailers | La cruz de las medidas anti-inflación: plásticos y envases

Los comercios minoristas de alimentación deberán adoptar las medidas necesarias para presentar a granel las frutas y verduras frescas

Plásticos de un solo uso
Plásticos de un solo uso

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases que establece el objetivo de reducir un 20% las botellas de plástico de un solo uso en 2030 respecto a 2022 e impulsa que frutas y verduras enteras se vendan a granel o que los usuarios puedan llevar sus envases.

Según el Ministerio para la Transición Ecológica, esta normativa permitirá avanzar en la implantación de la economía circular y alcanzar los nuevos objetivos de reciclado de envases para 2025 y 2030.

Entre las principales novedades que incluye, destaca el establecimiento de objetivos nacionales de carácter orientador, que no son aplicables de forma sectorial ni a un tipo específico de producto envasado.

Los objetivos cuantitativos de reducción coinciden con los establecidos en la Ley de Residuos, aplicados a este flujo de envases, y marca el objetivo de reducir en 2030 un 20% las botellas de plástico.

FRUTAS Y VERDURAS, A GRANEL

Por otra parte, los comercios minoristas de alimentación deberán adoptar las medidas necesarias para presentar a granel las frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras.

Esta obligación no se aplicará a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, ni a las que se envasen bajo una variedad protegida o registrada, o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica.

Quedan también excluidas las que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel y que se determinarán por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con Transición Ecológica y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del real decreto.

Publicada la lista, los comercios dispondrán de seis meses para adaptar la venta de las frutas y hortalizas que no entren en estos supuestos. Los comercios de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán, al menos, el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o en envases reutilizables.

EL USUARIO LLEVE SUS PROPIOS ENVASES

Los comercios que vendan a granel alimentos y bebidas deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables por parte de los consumidores, que serán los responsables de su acondicionamiento y limpieza.

Estos recipientes podrán ser rechazados por el comerciante si están manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de su uso.

PROMOCIÓN DE RECICLADO Y MARCADO

Por otra parte, el real decreto establece porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030, que serán obligatorios en el caso de las botellas de plástico de un solo uso.

Además, dispone las obligaciones de marcado a partir del 1 de enero de 2025 y, aunque la simbología del marcado queda a libre criterio del productor, prohíbe usar el lema "respetuoso con el medioambiente" o cualquier otro que pueda inducir a su abandono en el entorno.

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