Retailers | Glovo gana una batalla: la Justicia dictamina que no hay relación laboral con sus riders

Un juzgado de primera instancia en Barcelona resuelve que los repartidores de la startup son autónomos e incide en que debe considerarse que su relación "no es de carácter laboral".

Repartidor de Glovo
Repartidor de Glovo

Tras los recientes acontecimientos relacionados con la empresa de reparto Glovo y el fallecimiento de un 'rider' en Barcelona, un juzgado de primera instancia en esta ciudad ha dictaminado que los repartidores de la startup son autónomos, informa la compañía. Es la segunda vez que la Justicia española emite en una semana una resolución que valida el modelo de esta empresa y la quinta sentencia a favor de la firma.

Recordemos que el pasado 25 de mayo se produjo el atropello y posterior fallecimiento de un repartidor en la capital catalana. Posteriormente, Glovo indicó que esta persona no era colaborador de la compañía, sino que estaba utilizando la cuenta de un tercero y recordó que esta circunstancia constituye una "práctica ilegal".

La compañía indica que la citada sentencia "refleja, a través de hechos probados y teniendo en cuenta el resultado de la Inspección de Trabajo que en 2016 validó el modelo de negocio de Glovo, debe considerarse que su relación no es de carácter laboral".

La sentencia detalla que los repartidores "hacen el itinerario que quieren, utilizando el medio de transporte que quieran, cuyos gastos van a su cuenta, que no tienen asignada una zona determinada, que ellos eligen los días y franjas horarias en las que prestaran sus servicios, que si quieren pueden rechazar un pedido, que si están unos días de vacaciones no lo comunican a la empresa, y que cobran por pedido realizado, aunque sea con las tarifas previamente establecidas por la empresa y que no llevan ropa con la marca de la empresa; sin que estén por tanto sometidos a un horario, a una determinada jornada, a un determinado régimen de permisos y vacaciones o a un régimen disciplinario". "De todo ello se desprende que ostentan una capacidad de organización propia que excede el ámbito de una relación de carácter laboral", añade.

OTRAS SENTENCIAS FAVORABLES

Glovo recuerda también que ya superó "con éxito" la primera inspección de trabajo a la que fue sometida la empresa en Barcelona y que recibió el "apoyo de la justicia italiana y de la española recientemente" por lo que incide en que su modelo de negocio en nuestro país "se ve de nuevo reforzado gracias a esta resolución judicial".

Glovo apuesta por la "creación de un nuevo marco legal" adecuado a los nuevos modelos de negocio emergentes

Aun así, la compañía apuesta por la "creación de un nuevo marco legal" adecuado a los nuevos modelos de negocio emergentes "que tienen un impacto positivo en la sociedad". Glovo sostiene que ofrece la "oportunidad de generar ingresos a más de 7.000 repartidores, en concreto una media de 1.000 euros al mes por colaborar 27 horas semanales". Asimismo, cuenta con más de 10.000 establecimientos asociados a los que proporcionó en 2018 más de 33 millones de euros.

En España, el servicio de esta compañía está disponible en las áreas urbanas de más de 36 ciudades, entre ellas Barcelona, Madrid, Valencia, Zaragoza o Sevilla. Actualmente, tiene presencia en 100 ciudades de 21 países del mundo y se prevé ampliarlo y prevé continuar con su expansión.

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