Fabricantes | FEBE imparte un seminario sobre etiquetado de bebidas alcohólicas

La normativa cambió el año pasado y, entre otras cosas, obliga a exhibir en la etiqueta todos los ingredientes que puedan causar alergias o intolerancias.

Las bebidas espirituosas acumulan descenso de ventas desde 2007
Etiquetado bebidas alcohólicas

La Federación Española de Bebidas Espirituosas (FEBE), junto con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el Instituto Nacional de Consumo y la Agencia Tributaria han impartido un seminario para recordar lo que dice la Ley acerca de la comercialización y el etiquetado de bebidas espirituosas.

De acuerdo con lo recogido en el Real Decreto 164/2014 que se modificó el pasado año, todas las bebidas espirituosas con más del 1,2% de alcohol deben llevar un etiquetado que cumpla, entro otros, los siguientes datos:

- Denominación de la bebida
- Listado de ingredientes que puedan causar alergias o intolerancias, tanto en el proceso de fabricación como en el de destilación.
- Cantidad neta de producto.
- Condiciones especiales de conservación o utilización (en caso de tenerlas).
- Nombre o razón social y dirección del productor o distribuidor.
- Grado alcohólico volumétrico.
- Número de lote.
Además, durante el seminario que se ha dirigido al consumidor final y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se ha recordado que la Ley prohibe el trasvase o rellanado en los establecimientos de venta.

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