Food | España refuerza su protección contra la gripe aviar

Ante el aumento de la circulación del virus de influenza aviar en aves de corral domésticas y aves silvestres, que comenzó en el sur de Rusia y Kazajistán y se acerca a nuestra frontera.

Patos en una granja
Patos en una granja

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una Orden ministerial que modifica la APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza (gripe) aviar.

En concreto, el objetivo principal de esta modificación es el de reforzar la bioseguridad, no solo en las zonas de especial riesgo sino también en los lugares de especial vigilancia tras la situación epidemiológica actual de la enfermedad en Europa.

Asimismo, el ministerio que dirige Luis Planas considera necesario incorporar la posibilidad de aplicar medidas más restrictivas a nivel regional si así lo determina la autoridad competente en base al análisis de riesgo realizado a este nivel.

De igual forma, se modifican los anexos I, II y III de la Orden de 2006 para actualizar los humedales y territorios incluidos en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN ANTE EL INCREMENTO DEL RIESGO

La Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, regula las medidas de prevención, seguimiento y control de esta enfermedad animal, incluyendo el establecimiento de ciertas medidas de bioseguridad en las denominadas zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

Después de varios años de estabilidad epidemiológica, desde julio de 2020 ha aumentado la circulación del virus de influenza aviar en aves de corral domésticas y aves silvestres, que comenzó en el sur de Rusia y Kazajistán.

Tras la experiencia de olas epidémicas anteriores (2005-2006 y 2016-2017), Agricultura ha señalado que esta situación conlleva un aumento del riesgo de difusión del virus hacia zonas de Europa septentrional y oriental, por el movimiento de aves migratorias hacia zonas más cálidas en invierno.

La circulación cíclica del virus en forma de olas epidémicas, la situación geográfica de España respecto a las rutas de aves migratorias hibernantes del norte de Europa y la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias en nuestro territorio, hacen necesaria la actualización periódica de la Orden. La última modificación de esta norma se produjo en marzo de 2017.

De esta forma, se da la posibilidad de incorporar medidas de bioseguridad adicionales, en base a un análisis del riesgo de introducción y circulación del virus en España cuando por la situación epidemiológica así se requiera.

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