Food | Una nueva sentencia respalda la marca Torta del Casar

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha dado la razón a esta Denominación en el litigio con la Oficina Española de Patentes.

Torta del Casar
Torta del Casar

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha dado la razón, por tercera vez, a la Denominación de Origen Protegida Torta del Casar en el litigio mantenido con la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) por el registro de la marca española Torta de Pinto Extremeña, informa la denominación de origen.

En concreto, la Sala indica que el término 'Torta' queda protegido por la DOP Torta del Casar, recogiendo en la sentencia el pronunciamiento que hizo hace unos meses el Tribunal General de la Unión Europea. Para el TSJ de Madrid, "el error deriva del uso del término 'Torta' para distinguir quesos que no se encuentran amparados por la DOP Torta del Casar, porque la utilización de dicho término sugiere al consumidor que los productos marcados con el mismo gozan del alto estándar de calidad del que goza dicha denominación de origen protegida y provoca confusión entre el público”.

"Esto no es una guerra contra otras comarcas o productos extremeños", asegura la DOP Torta del Casar

"Esto no es una guerra contra otras comarcas o productos extremeños, es una lucha mucho más amplia porque la palabra 'torta' se vulgariza al aparecer en el mercado decenas de marcas que la utilizan”, ha destacado Ángel Pacheco Conejero, presidente del Consejo Regulador. En su análisis de la situación judicial en que se encuentran actualmente los distintos procedimientos contra registros de marca, tanto a nivel nacional como a nivel europeo, Pacheco recuerda que el pasado día 25 han iniciado otro procedimiento contra el registro de la marca Torta Galicia para quesos.

"Esperamos que la OEPM, después de estas recientes sentencias, deniegue el registro, pero ya hemos tenido que emplear nuevamente recursos humanos y económicos para defender, otra vez, una parte muy importante del patrimonio cultural y gastronómico de Extremadura, la Torta del Casar”, ha sentenciado.

ANTECEDENTES

El término 'Torta' ha sido reconocido en dos ocasiones anteriores por el TSJ de Madrid, donde reside legalmente la OEPM, como término amparado por la denominación de origen Torta del Casar cuando va referido a quesos, hecho también reconocido por la reciente Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea que indica que no sólo los nombres geográficos tienen derecho a protección. "El empecinamiento que han mostrado algunas queserías o empresas de distribución en registrar en sus marcas la palabra 'Torta', deriva de que se asocia directamente a este nombre muy conocido y de mucho prestigio, la Torta del Casar", insiste la denominación de origen.

“Aunque somos conscientes de que la Abogacía del Estado y el solicitante de la marca disponen ahora de un plazo de 30 días para interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, creemos que este es un nuevo paso muy importante hacia la consolidación de que 'Torta' no es un genérico para quesos, sino que es parte del nombre protegido por la DOP Torta del Casar”, ha precisado, por su parte, el director del Consejo, Javier Muñoz.

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