Retailers | El Gobierno retoma la ley de desperdicio alimentario y espera su entrada en vigor en 2025

La norma, impulsada por motivos ambientales y de eficiencia económica, obliga a distribuidores y hosteleros a elaborar planes de prevención y minimización de desperdicios, entre otras medidas. Contempla multas de hasta 500.000 euros para los infractores.

Luis Planas Destaca que la distribución está reflejando la bajada del IVA
Luis Planas, Ministro de Agricultura.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, un proyecto idéntico al de la pasada legislatura que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, según el calendario previsto.

La norma, propuesta por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se encontraba ya en el Senado durante la pasada legislatura, pero decayó por la disolución de las Cortes Generales con la convocatoria de elecciones.

Su aprobación ahora dependerá del nuevo trámite parlamentario que comienza, pero el Gobierno prevé su entrada en vigor para el próximo 1 de enero de 2025, de manera que todos los operadores puedan adaptarse a la norma, ha expresado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Planas ha señalado que si bien se trata de un proyecto prescriptivo que establece obligaciones, con multas que pueden llegar a los 500.000 euros, "es sobre todo una ley muy pedagógica" para prevenir el desperdicio alimentario.

El ministro ha resumido el espíritu de este proyecto con la frase "aquí no se tira nada" y ha expresado que se sustenta en cuatro pilares.

Estos pilares son, según ha señalado, la eficiencia económica; el contenido ambiental; la justifica social —ya que son los más vulnerables las principales víctimas del desperdicio, según el ministro—; y el aspecto moral y ético, ya que en el mundo hay casi 800 millones de personas que sufren hambre o malnutrición.

Plan de prevención

La iniciativa estipula que las empresas de la cadena deberán contar con un plan de prevención que permita identificar dónde se producen las pérdidas e implementar medidas para minimizarlas y destinar los alimentos a otros usos.

La futura ley establece una jerarquía de prioridades para el destino de los alimentos que inevitablemente se conviertan en desperdicio alimentario, con prioridad máxima para el consumo humano, a través de la donación o redistribución de los alimentos.

En siguientes escalones, se contempla la transformación de los alimentos (zumos, mermeladas) y, cuando no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será la alimentación animal, la fabricación de piensos o la obtención de compost o biocombustibles.

Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse los alimentos que no haya consumido sin coste adicional alguno en envases reutilizables o fácilmente reciclables, si bien debe cobrar por los envases de plásticos de un solo uso como establece la Ley de residuos 7/2022.

Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

Sólo los comercios con menos de 1.300 metros cuadrados estarán excluidos de la necesidad de disponer de ese plan, ha explicado el ministro.

Buenas prácticas

El proyecto de ley establece también medidas de buenas prácticas, tanto para la administración como para los distintos eslabones de la cadena, para evitar el desperdicio de alimentos.

Por ejemplo, que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta de productos considerados feos, imperfectos o poco estéticos, que promuevan el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos y que incentiven la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.

Régimen sancionador

El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, que pueden llegar a los 500.000 euros en caso de reincidencia.

Por otra parte, se consideran infracciones leves, con multas de hasta 2.000 euros, situaciones como no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos, no realizar las donaciones de los productos no vendidos o no entregar los excedentes a personas desfavorecidas, entre otras.

Datos del desperdicio

Durante el año 2022, los hogares españoles registraron un desperdicio total de 1.170,45 millones de kilos o litros, con una disminución del 6,1% en comparación con el año anterior y un notable descenso del 13,5 % respecto al periodo prepandemia, en 2019, según datos del MAPA.

También ese año, cada hogar español desperdició, de media, aproximadamente 65,5 kilos o litros de alimentos y bebidas. Los productos sin elaborar siguen siendo los más desperdiciados, aunque en 2022 fueron un 9% menos que en 2021.

Respecto a los platos cocinados, su desperdicio aumentó un 6,7% respecto a 2021. En cuanto al comportamiento fuera del hogar, aunque el consumo alimentario aumentó el 6,1 % en el año 2022, se produjo una reducción del desperdicio del 11,3 %, lo que supone una reducción en más de 4 millones de kilos o litros respecto del 2021.

Consumo navideño

Respecto a la pasada campaña navideña, Planas ha indicado que, en contra de lo que se pueda pensar, el consumo se incrementa "ligeramente" en volumen pero bastante más en valor, hasta un 25% y que, por eso mismo, el desperdicio en estas fechas no se eleva especialmente porque se cuida más lo que se compra.

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