Retailers | Eroski pagará 150.000 euros por la difusión del vídeo de Cifuentes

La Agencia de Protección de Datos ha condenado a la enseña por la divulgación de este vídeo en que se veía a la expresidenta de la Comunidad de Madrid junto a un vigilante de seguridad tras sustraer presuntamente dos tarros de crema en un supermercado de la cadena.

Imagen del vídeo difundido por OKDiario que muestra a Cristina Cifuentes con un vigilante de Eroski
Imagen del vídeo difundido por OK Diario que muestra a Cristina Cifuentes con un vigilante de Eroski

La difusión del vídeo de la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, junto a un vigilante de seguridad tras sustraer presuntamente dos tarros de crema en un supermercado Eroski, le ha salido caro a la enseña. La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha condenado a la cadena vasca a pagar una multa de 150.000 euros por este hecho, que salió a la luz en abril de 2018, aunque la grabación era de mayo de 2011, informa El Independiente.

En concreto, la cooperativa vasca deberá abonar 100.000 euros por incumplir el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos en el que se establece que deben garantizar los datos de carácter personal y evitar el acceso no autorizado. Los 50.000 euros restantes provienen de la infracción del artículo 4.1, por disponer de fotografías sospechosas de hurto.

Asimismo, la empresa de seguridad, Casesa, queda exenta de los cargos, ya que en los hechos queda probada que su labor en este hipermercado era de mera vigilancia, sin acceso a los servicios de videovigilancia. A este material solo podía acceder el gerente del establecimiento. El vídeo fue el detonante de la dimisión en abril del año pasado de Cifuentes.

Fuentes de Eroski han declarado al diario ABC que se cumplió "escrupulosamente" el protocolo de seguridad conforme al marco legislativo vigente en 2011. En este sentido, explican en un comunicado que el servicio de videovigilancia estaba "subcontratado con un tercero con acceso autorizado a las grabaciones, en virtud del contrato de prestación de servicios que regulaba la relación como encargado de tratamiento de los datos". La compañía de distribución iniciará un recurso contra la sanción de la Agencia Española de Protección de Datos.

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