Retailers | El resbalón de una clienta le sale caro a Gadis

El accidente se produjo en una de sus tiendas en Monforte (Lugo). La empresa deberá pagar 17.000 euros a la afectada.

Fachada de un supermercado de la cadena Gadis
Fachada de un supermercado de la cadena Gadis

El resbalón de una clienta en un supermercado Gadis de Monforte de Lemos (Lugo) le va a salir caro a la empresa propietaria del mismo, que ha sido condenada a indemnizar a la afectada con algo más de 17.000 euros, informa el diario La Voz de Galicia.

El accidente tuvo lugar hace tres años y la justicia acaba de dar la razón a la demandante, a pesar de que el resbalón se produjo a causa de la lluvia que caía en esos momentos en el exterior y no por haber algún líquido en el suelo del local. El fallo tiene en cuenta, entre otras cosas, que no es el primer accidente de estas características que se produce en ese supermercado.

Los hechos tuvieron lugar cuando la clienta, nada más atravesar la puerta, resbaló en el suelo mojado. En la caída se rompió la mano. Trasladada al hospital, los médicos comprobaron que había sufrido una fractura distal del radio y otra de la apófisis de hueso cúbito.

Aunque la tienda propiedad de Gadis trató de demostrar que no se les podía atribuir a ellos la responsabilidad de este accidente, en su resolución, el juez de Monforte cita cerca de cuarenta sentencias más con casos similares, unas resueltas a favor de los demandantes y otras en contra. Y concluye que en una situación como la del día que la demandante resbaló solo se puede atribuir la responsabilidad a los propietarios del establecimiento si omiten “medidas de vigilancia, mantenimiento, señalización, cuidado o precaución que debían considerarse exigibles”.

Además, un técnico de la ambulancia que trasladó a la herida al hospital testificó que ya habían tenido que acudir antes más de una vez a este establecimiento por incidentes similares. El supermercado, dice la sentencia, “adoptó la medida más eficaz cuando ya era tarde”.

El juez decidió aceptar los cálculos aportados por el técnico al que había recurrido la víctima para hacer la valoración económica de la indemnización. La sentencia considera que este informe evalúa de una manera más correcta las secuelas que sufrió la herida tras la caída, a pesar de que se da la circunstancia de que el perito judicial al que recurrió la empresa hacía una estimación económica más elevada del conjunto de lesiones y secuelas.

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