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Tiempo limitado en terraza: ¿solución a una demanda desbordada en plena pandemia?

El debate está abierto. La hostelería toma medidas en estos espacios que han levantado la polémica.

Food Retail & Shoppers

09 de julio 2021 - 14:38

Limitación de tiempo en la mesa de un bar
Limitación de tiempo en la mesa de un bar / Pablo de la Rica Aspiunza

Tras la relajación de las restricciones derivadas de la pandemia y con la llegada del bien tiempo, la afición que sentimos los españoles por el 'terraceo' se ha incrementado considerablemente. Sin embargo, las limitaciones de aforo que aún se mantienen en el sector de la hostelería unidas a la demanda creciente de los ciudadanos para disfrutar de cañitas, refresco o café junto a una buena charla, están llevando al sector a tomar algunas medidas que no acaban de gustar a todos.

El debate abierto en su LinkedIn por Pablo de la Rica Aspiunza (Retail & Foodservice Knowledge Manager en Aecoc), no deja indiferente y ha reunido muchas respuestas y consideraciones de otros internautas. La foto que muestra De la Rica lo dice todo, como podéis ver. Se trata de la mesa de un bar del centro de Bilbao en la que sus propietarios han pegado un mensaje que indica un tiempo limitado de consumición de 30 minutos en la terraza. "Me pregunté ¿llegará para quedarse? Por el contrario, se está empezando a ver acciones premiando el take away", expone este experto.

Lo cierto es que, independientemente de las opiniones de unos u otros sobre la conveniencia de ejercer estas limitaciones en las terrazas de bares y restaurantes, hay ejemplos parecidos que recorren toda la geografía nacional. Y es que el sector, que ha sido uno de los más afectados por la pandemia y que teme ya nuevas restricciones por los rebrotes, intenta reponerse del bajón económico con medidas como esta que permiten una mayor rotación de clientes, aunque ello vaya en contra de lo que desde siempre hemos considerado como "quedar a tomar algo en una terraza".

MÁS CONSUMES, MÁS TIEMPO PUEDES ESTAR

Como recoge el diario El Comercio, hay hosteleros que reconocen que "sugieren" el tiempo de estancia "porque con un mosto no se pueden estar dos horas, ya que se forman colas". "Hay gente que quiere estar toda la mañana y ahora que hay poca terraza no puede ser", asegura René Jiménez, del Bar Perita. Para evitar situaciones de este tipo, algunos locales han establecido unos límites de duración, que se fijan en función de las consumiciones de la clientela.

En Madrid, las cosas están por un estilo y eso a pesar de que esta comunidad ha mantenido abiertos los bares y muchos ayuntamientos han permitido ampliar las terrazas y han perdonado o rebajado su tasa municipal.

En este caso, el café de después de comer, que muchos comensales deciden tomar en un establecimiento diferente al que han estado comiendo, se ha convertido en un problema. "Si comes por ahí y te dejas 150 euros, no quiero que vengas a tomar aquí el café y gastar solo 4 euros", señala a elDiario.es el propietario de un céntrico bar de la capital española asegurando que no le compensa que la gente se quede solo con un café varias horas.

Como explica Emilio Gallego, secretario general de la patronal Hostelería de España, "los establecimientos suelen separar zonas y usos y montan las mesas a la hora de comer y cenar". "Cuando empieza el horario de comidas, el camarero te lo va a decir", señala. Con la pandemia, las terrazas cogen reservas (que en ocasiones también son de tiempo limitado) y ponen franjas en las que solo puedes sentarte a comer. "Se está generalizando la fijación de dos turnos en terraza, dos horarios para almorzar y dos para cenar", añade.

LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR

La normativa al respecto de esta cuestión la aclara Facua. Cafeterías, bares y restaurantes pueden ejercer su derecho de admisión para impedir el acceso a quien se comporte de manera violenta o produzca molestias, pero no usarlo para "restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria". Y siempre deben informar sobre las condiciones, señala la entidad.

Además, recuerda que la ley de defensa de los consumidores considera infracción la "imposición injustificada" de cantidades mínimas y "la negativa a satisfacer las demandas del consumidor, cualquiera que sea su nacionalidad o lugar de residencia, cuando su satisfacción esté dentro de las disponibilidades del empresario, así como cualquier forma de discriminación". Esto es, si un bar no sirve café al que no come allí aunque lo tenga, podría considerarse discriminación.

En todo caso, la entidad reconoce que se podría sostener la "abusividad de este tipo de prácticas", bien por imponer el consumo de cantidades mínimas, por imponer comer en terraza o por dar un trato discriminatorio, pero se puede argumentar también que son lícitas: que se prestan servicios distintos en espacios distintos, o que el empresario decida qué servicio da en su local siempre que informe previamente al consumidor. De no ser así, podría denunciarse, argumenta Facua.

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